El seguro de crédito es una herramienta financiera por medio de la cual una aseguradora avala y se obliga a indemnizar al asegurado las pérdidas finales que experimente como consecuencia de la falta de pago de los créditos otorgados a sus clientes.
La principal ventaja de esta póliza es contribuir en el crecimiento de tu empresa sin riesgos:
Un seguro de esta clase permite controlar y disminuir el riesgo de no pago mediante un análisis exhaustivo de cada cliente.
Seguros Confianza cuenta con analistas expertos a nivel local e internacional que permiten que el asegurado conozca la capacidad real de los clientes y, con esta información, brindar condiciones de venta ventajosas a cuentas clave.
Una póliza de este tipo permite asegurar el balance y la vida de la compañía pues respalda el activo más importante: cuentas por cobrar. De esta forma puedes controlar el crecimiento de tu patrimonio por medio de una gestión efectiva y un control de riesgos de ventas.
Otra ventaja fundamental es que te indemnizará por pérdidas en el caso de que alguno de tus clientes falle. La Indemnización asociada a la póliza protege la estructura financiera de las empresas y evita problemas de tesorería.
Seguros Confianza te asesora y ayuda a realizar la gestión de cobro de los montos pendientes en caso de falta de pago a la fecha de vencimiento. Esto apoyará a disminuir sustancialmente los costos de cobranza
Contar con un seguro de este tipo permite abrir nuevos mercados y flexibilizar políticas de crédito para tener una gestión de ventas más EFECTIVA.
El seguro permite eliminar la carta de crédito y acceder a clientes más solventes y seguros.
Es decir, que la póliza puede ser endosada a favor de Bancos o Instituciones financieras. Esto permite el aumento de líneas de crédito (por mejor calidad de los flujos) y mejores tasas.
Son 3 las características fundamentales en las que se debe enmarcar la emisión de una póliza de crédito:
El seguro de crédito ofrece dos tipos de coberturas:
Cobertura de Riesgo Comercial:
Este tipo de cobertura aplica para los casos de:
Se considera causal de insolvencia de derecho la quiebra del deudor y causal de insolvencia de hecho el no pago total o parcial de una factura después de vencida la fecha original de pago o la prórroga de esta.
Adicionalmente se entrega cobertura, sólo para Crédito a la Exportación, del capítulo 11 de la Ley de Quiebras (Chapter 11 of Title 11 of the United States Code - solo en Estados Unidos), que aplica a empresas estadounidenses en bancarrota corporativa que entran en período de reorganización en búsqueda de una recuperación financiera.
Es una cobertura adicional que se puede contratar y es exclusiva de la póliza de seguro de crédito a la exportación y se aplica en los siguientes casos:
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