La póliza de fiel cumplimiento de contrato garantiza que tus contratistas y proveedores de materiales y servicios cumplan con el tiempo y la calidad de lo estipulado en dicho documento.
Si bien este tipo de póliza es común en el sector público, pues es un requisito de la Ley de Contratación Pública, solicitar estas pólizas en el sector privado a todos los proveedores resulta igual de útil.
Los casos en los que se usa, entre otros, son los siguientes:
• En la ejecución de obras de construcción o infraestructura,
• En la fabricación de bienes,
• Prestación de servicios,
• Provisión de suministros.
La vigencia estará determinada por el plazo establecido en el contrato y en el período adicional contemplado hasta la recepción definitiva de la obra. En compromisos de prestación de servicios o de provisión de bienes, esta garantía permanecerá vigente hasta la entrega del acta de recepción definitiva.
Una vez realizada la entrega del acta de recepción definitiva de la obra objeto del contrato, será liberada con una certificación del beneficiario, o con la devolución del original de las pólizas y sus respectivas renovaciones.
Puede ser ejecutada por:
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